Preguntas frecuentes

Una vez elegido el barco y consultada la disponibilidad, via web o teléfono, se entiende que las fechas están bloqueadas desde el momento en que la empresa recibe una trasferencia por el 50% + IVA del valor total del charter.

El embarque se realiza entre las 10 y las 11 horas y la llegada a puerto, como muy tarde a las 20:30 horas, debiendo haber repostado previamente o abonar el importe del carburante consumido. Si por alguna razón interesa un horario diferente del estipulado deberán consultar a algún miembro de la empresa cuanto antes, y siempre antes de zarpar, pudiendo la empresa cobrar sanción económica si el retraso es significativo.

El itinerario se puede elegir por el cliente sin previo aviso a la empresa, aunque caso de no llevar patrón perteneciente a esta ofrecerá a sus clientes ciertas referencias y recomendaciones que deberán ser tenidas en cuenta (mar de fondo, medusas, …). En caso de haber contratado el charter con patrón, el cliente puede expresar sus preferencias de destino y cambiar de ubicación cuando desee, puesto que el patrón estará a su entera disposición, aunque este podrá imponer una decisión por temas de seguridad, ya que es el responsable final del pasaje.

Las cancelaciones deberán ser comunicadas con una antelación no superior a dos meses, en cuyo caso se devolverá el 80% de importe total recibido, quedando ese 20% para cubrir gastos administrativos. Se devolverá el 50% del importe recibido si la cancelación se realiza en un plazo no superior a un mes y se retendrá el total en caso de una cancelación comunicada en un plazo inferior a 7 días naturales.

Afortunadamente en la isla de Ibiza y Formentera solemos tener muy buen tiempo y la mar suele estar bien, por eso dependerá de las personas que tengan que ir en el barco para poder ir mas espaciosos, siempre recomendamos que se escoja un barco en el que el número de plazas sea ligeramente superior a las personas que van a embarcar. Es muy importante nunca ir más personas en el barco de las que estén permitidas, no sólo es incómodo, también es muy peligroso y altamente penado por la guardia civil.

Nuestra experiencia nos demuestra que si os acabáis de sacar el titulo y es la primera vez o es una cosa que no hacéis muy a menudo, es muy aconsejable salir con patrón, el os podrá enseñar, o si os gusta más el se puede poner a vuestro lado y explicar todo, la isla de Ibiza tiene muchos bajos de rocas que a simple vista no se ven y pueden ser un poco peligrosos, y por otro lado si es la primera vez que estáis en Ibiza y Formentera el os llevara a las mejores playas y rincones vírgenes de las islas.

Nuestra forma de pensar y experiencia después de muchos alquileres de barcos, nos dice que los clientes siempre salen más tranquilos y relajados con un patrón, pueden disfrutar mucho mas del mar, no se tienen que preocupar de nada, ni de maniobras de entrada y salida a puerto, ni de fondeos, ni de problemas que pueden salir a lo largo del día, cosas del día a día en la mar, y por otro lado el patrón siempre les enseñara las mejores calas y las mejores playas de nuestras islas.

Esta pregunta se la hacen muchas personas, la gente a la que les gusté el mar lo tiene mas sencillo, nosotros les aconsejamos que alquilen un velero y disfruten como nunca de las playas de Ibiza y Formentera,  se ahorrarán el coste de la casa, el coste del coche y lo las importante estarán cada día en un sitio diferente.

Nosotros recomendamos alquilar un barco rápido, es mucho más práctico, el inconveniente que tiene los veleros que desde que la salida de puerto hasta el destino se tarda mucho, y después para ir a otras playas pasaría lo mismo, por el contrario con una lancha o un yate se tarda mucho menos y es mucho más práctico.

El pasado 12 de enero de 2015 entró en vigor la publicación del Real Decreto 875/2014 que regula las titulaciones náuticas de las embarcaciones de recreo, las cuales quedan de la siguiente manera:

  • Licencia de Navegación: para embarcaciones de hasta 6 metros de eslora, navegación diurna y para navegar hasta 2 millas de distancia de la costa.
  • Licencia de Navegación Básica: para embarcaciones de hasta 8 metros de eslora, navegación diurna y nocturna y para navegar hasta 5 millas de distancia de la costa.
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo: para embarcaciones hasta 15 metros de eslora, navegación diurna y nocturna y para navegar hasta 12 millas de distancia de la costa o entre las islas Baleares o Canarias (será necesario volver a tramitar la solicitud del título para obtener estas atribuciones).

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